BIENVENIDOS

ESTE ES UN PEQUEÑO ENSAYO SOBRE LOS JUICIOS ORALES PENALES, EN EL CUAL QUIERO COMPARTIR CON TODA LA RED, CON LOS CONOCIEMIETOS ADQUIRIDOS

viernes, 29 de octubre de 2010

SISTEMA ACUSATORIO

SISTEMA ACUSATORIO

Experiencia sobre "JUICIOS ORALES PENALES"



hola ...

Es una increible experiencia cuando ingresas a un diplomado y mas cuando es un tema interesante, bueno pues solo quero dar las gracias a los ponesntes que se encontraron dando las magnificas catedras del Sistema Penal Oral y los que hicieron posible un existo mas en una vida profesional.
Lic. Arturo Garcia
Lic. Perla Yunnuén Fernández Galicia
Dr. Mario Flores Lechuga
Lic. David fernando Gómez Noguez
Dr. Ricardo Casarín Barrientos
Lic. Hugo O. Gutiérrez L.
Prof. Enrique Gutiérrez

De antemano muchas gracias por haber hecho posible este diplomado.


Entrando en tema son tantas situaciones juridicas que no se pueden ver en cinco meses, y se trata de tener un conocimiento de lo mas nuevo que entra como vigente, ya que lo positivo esta solo que no ha entrado con toda la fuerza de la legalidad, solo existen los supuestos juridicos aplicables a la ley del Estado de México, no se ha podido que la suprema ley sea modificada o en su caso la Federacion.

En tanto se llevara acabo con los temas que he puesto dentro del Blogger para tener una pequeña estructura de las mismas situaciones juridicas que se ven en los juicios orales.


Para mis trabajos finales, se me ha indicado realizar un trabajo multimedia y uno de ellos es mi experiencia con el Blogger dejando unas pequeñas reseñas que obtuve dentro del diplomado, lo significativo de esto es que puden ver algunas caracterizticas del juicio.

Pues sin mas por el momento me despiedo dejando esto para los profesores evaluadores
Lic. Hugo O. Gutiérrez L., Prof. Enrique Gutiérrez esta pequeña reseña.

Att. Leonardo D. H.H.

miércoles, 27 de octubre de 2010

Control de Garantías


a) Presentación de las partes

b) Lectura de derechos

c) Audiencia de calificación de la legalidad de la detención

d) Audiencia de formulación de la imputación.

e) Declaración preliminar.

f) Discusión sobre el periodo para resolver la situación jurídica del imputado.

g) Vinculación provisional.

h) Audiencia de práctica de pruebas en fase preliminar.

i) Vinculación definitiva.

j) Discusión sobre la medida cautelar.

k) Discusión sobre el periodo judicial de la investigación.

l) Puntos petitorios finales.

Fase intermedia

1. Presentación del escrito de acusación

2. Contestación al escrito de acusación.

3. Oposición de defensas y excepciones.

4. Ofrecimiento de pruebas de la fiscalía.

5. Ofrecimiento de pruebas de la defensa.

6. Acuerdos probatorios.

7. Auto de apertura de juicio oral.

DIPLOMADO JUCIO PENAL ORAL

Juicio Oral

I. Presentación de las partes y sujetos procesales.

II. Alegatos de apertura.

III. Oposición de excepciones en juicio oral.

IV. Desahogo de pruebas de la fiscalía.

V. Desahogo de pruebas de la defensa.

VI. Declaración del acusado en audiencia de juicio.

VII. Alegatos de clausura.

VIII. Acta de juicio oral.

IX. Deliberación.

X. Audiencia de individualización judicial de la sanción.

XI. Lectura de sentencia.

Juicio Oral Penal para el Estado de méxico


Como Puede ser que Nace???

El juicio acusatorio oral, podemos decir que ha adquirido carta de naturalización en las diversas legislaciones de los países de Latinoamérica, procurando con ello obtener un proceso que tiene como característica fundamental la de brindar una amplía protección a la víctima e incluirla como parte principal en todas sus fases. Se opone así al sistema inquisitivo en que la víctima no tiene participación alguna o si la tiene queda reservado como simple espectador y constreñida a la reparación del daño.


La introducción del juicio oral en los países latinoamericanos no ha sido simultánea, sin embargo, en los últimos quince años se apresuró esta figura procesal penal con el fin de implementarlo de acuerdo con las características de cada país.


La concepción de la existencia de un juicio pleno parte en primer orden de la necesaria y absoluta distinción entre la facultad de acusar y la de juzgar y aquí comienza a vislumbrarse en cualquier legislación el principio acusatorio que debe regir el juicio oral.


Para cumplir estos fundamentos del juicio pleno y salvaguardar una verdadera forma de enjuiciar acusatoria, se ha concluido que la vía más efectiva es la oralidad, vista ella no como un principio en sí mismo, sino como una regla o instrumento que permite el fiel cumplimiento de los apuntados principios que rigen el juicio oral por encima de los sistemas escritos que no incorpora aquellos que plenamente se cumplen en un proceso oral.

sábado, 23 de octubre de 2010

Derecho Penal


Dando una vision del Juicio Oral Penal para el Estado de México

Sistema acusatorio Garantista

A diferencia de lo que aconteció con el sistema mixto, potencia el sistema acusatorio tradicional al cual le adiciona un completo marco de garantías de protección tanto para el procesado como para la víctima, a modo de evitar los abusos del poder, y prescinde de las notas tradicionales del sistema inquisitivo: secreto, acumulación de funciones, ausencia de oralidad, etc. Es utilizado en el sistema peruano

  • La estricta separación entre las fases de la investigación y el enjuiciamiento. Fases que al hallarse delimitadas con precisión y tener operadores jurídicos distintos, otorgan las garantías de objetividad e imparcialidad que conferirán al proceso penal su exigida racionalidad.
  • Centra el momento de la investigación en la labor del Fiscal Penal dotándole de una serie de facultades y de capacidad para archivar el procedimiento preliminar, de abstenerse de ejercitar acción penal (principio de oportunidad) y de pedir el sobreseimiento del proceso penal al Juez, en ambos casos por advertidas razones de atipicidad, no antijuridicidad o insuficiencia de pruebas.
  • Revaloriza los roles que juegan las partes, otorgando a la víctima un nuevo estatus jurídico, y confiriendo a la defensa una serie de garantías imprescindibles para la racionalidad del nuevo proceso acusatorio.
  • Hace del Juez, quien decide los casos justiciables, la figura que cautela y otorga las garantías a las partes
  • Hace de la transparencia el método de búsqueda de la verdad
  • Proporciona mecanismos alternativos al proceso común para la solución de los conflictos con menores costos tanto en tiempo, dinero y economía procesal: principio de oportunidad y terminación anticipada.
  • Coloca a los derechos humanos y la dignidad de la persona, tanto en su respeto y aseguramiento, como las matrices sobre las que descansa el derecho procesal penal.